Derechos
- Recibir un trato digno y no ser discriminado arbitrariamente.
- Solicitar la autoexclusión voluntaria en MÁS CASINO.
- Tener conocimiento PT-OPE-001 Política de reserva de admisión.
- Jugar en cualquiera de las instalaciones de MÁS CASINO, las categorías de juego desarrollados en METS, MESAS EN VIVO y BINGO, en los horarios establecidos.
- Conocer y entender los planes de apuestas y las tablas de pagos de todos los juegos que se desarrollan al interior de la operación del juego de MÁS CASINO.
- Recibir el pago de premios en los casos que corresponda, en el plazo y en la forma legalmente establecidas.
- Conocer las reglas, condiciones generales y horario de funcionamiento, si corresponde, de las actividades de demostración, torneos de juego, promociones que inciden en el juego y eventos especiales.
- Consultar a los jefes de operación del juego de su interés o la operación de la sala, en caso de cualquier discrepancia en la interpretación correcta de las reglas del juego y recibir respuesta a dichas consultas.
- Resguardo de información e identidad de sus datos personales, así como tampoco proporcionar a terceros que lo soliciten para fines particulares.
- Presentar reclamos frente a discrepancias respecto del funcionamiento de la operación del juego y recibir la respuesta de MÁS CASINO, en los plazos establecidos.
- Derecho a la intimidad del consumidor. (LEY 2300 DE 2023).
Deberes
- Tratar respetuosa y dignamente al personal del casino de juego y a los demás clientes.
- Informarse acerca de los procedimientos de tramitación de reclamos.
- Conocer, entender y cumplir las reglas de los juegos.
- Informarse acerca de los procedimientos de autoexclusión voluntaria y colaborar con el personal cuando le solicite la salida de la sala de juego, si previamente ha solicitado su autoexclusión.
- Abstenerse de ingresar o permanecer en las salas de juego si se encuentran en manifiesto estado de ebriedad o bajo influencia de drogas; así como tampoco ingresar al casino de juego portando armas.
- Abstenerse de provocar desórdenes, perturbar el normal desarrollo de los juegos o cometer irregularidades en su práctica.
- Acreditar su identidad con el documento oficial de identificación correspondiente, en caso de ser requerido por el personal del casino.
- Vigilar su apuesta y verificar que ésta quede jugando en la opción que él eligió, corrigiendo en el momento oportuno cualquier error que detecte.
- Estar siempre físicamente presente durante la jugada, protegiendo su juego (MÁS CASINO) no asume descuidos por parte del jugador en la METS o otra clase de apuesta.
- Efectuar sus apuestas de forma clara e inmediata, sin que haya lugar a dudas respecto de éstas.
- Abstenerse de manipular, modificar o alterar los implementos de juego o su desarrollo, en perjuicio o beneficio suyo o del casino de juego, así como sustituir el material de juego con igual propósito.
- Abstenerse de dañar el material de juego disponible en el casino, así como su mobiliario y dependencias.
- Respetar las prohibiciones establecidas para el jugador, tales como:
- Respetar el horario de funcionamiento general del casino de juego y el de las mesas de juego, bingo y máquinas de azar. en particular; así como las condiciones de ingreso y permanencia en las salas de juego.
- La connivencia entre jugadores.
- Asociarse con otro jugador para incrementar su apuesta.
- Solicitar dinero o fichas a otro jugador durante el transcurso del juego.
- Influir o criticar el juego que realice otro
- Mantener sobre la mesa de juego artículos u objetos ajenos al juego.
- Ejecutar cualquier otro acto que atente contra la transparencia y el azar del juego.
14. Respetar el horario de funcionamiento general del casino de juego y el de las mesas de juego, bingo y máquinas de azar. en particular; así como las condiciones de ingreso y permanencia en las salas de juego.
POLITICA DE CONVIVENCIA Y COMPORTAMIENTO
MAS CASINO prohíbe a sus clientes y visitantes dentro de sus salas, las siguientes actividades y comportamientos:
- Personas en estado de embriaguez o bajo los efectos de drogas o alucinógenos.
- Venta de productos, servicios y/o distribución de los mismos.
- Consumo de tabaco y de bebidas alcohólicas no suministradas por el establecimiento, dentro de él.
- Interferir o afectar el juego de los demás clientes y visitantes.
- El uso de sillas, maquinas, mesas o demás elementos del Casino para una actividad diferente a la actividad de juego definida por el mismo.
- Ubicarse detrás de un jugador a observar su juego.
- Reserva de sillas, maquinas, mesas o demás elementos del Casino por parte de clientes y visitantes. La reserva solo es válida para actividades coordinadas discrecionalmente por el Casino.
- Hacer llamados en voz alta (gritos), chiflidos o apelativos ofensivos a clientes y empleados.
- Golpear, forzar, abrir o manipular máquinas, mesas o demás elementos del Casino.
- El uso de cámaras fotográficas o de video dentro del Casino
- Agresión física o verbal a empleados y clientes.
- Intento de fraude, robo o mal uso de cualquier elemento de juego, elemento promocional, dinero en efectivo u otros medios de pago.
- Cualquier tipo de alteración al orden del establecimiento.
- Préstamos y trueques de cualquier tipo con clientes y empleados.
- Cobro de deudas a clientes y empleados.
- Exceder el tiempo máximo permitido de uso para un elemento de juego o promocional definido.
- Vandalismo o daño intencional de las instalaciones o de cualquier elemento propiedad del Casino
- Ingreso de armas blancas, de fuego o de cualquier objeto que puedan ser considerado como peligroso.
- Ingreso de mascotas y/o animales.
- El cuidado de pertenencias y objetos personales es responsabilidad de cada cliente.
- Ante cualquier quebrantamiento de estas normas, MAS CASINO se reserva el derecho de admisión y está en el derecho iniciar las acciones legales a que dé lugar en contra de los infractores.
- Guardar elementos, paquetes, dispositivos electrónicos, dinero y demás objetos de valor de los clientes y visitantes.
- Cargue de energía para celulares, baterías y/o cualquier dispositivo electrónico.
- Acuerdo o complicidad entre jugadores, visitantes y empleados.
- Solicitar dinero, tarjetas entre otros a los demás jugadores, visitantes y/o empleados para fines de juego, comerciales o personales.
- Influir, criticar u observar el juego de los demás clientes y visitantes.
- Sociedades entre jugadores para incrementar apuestas.
- Sociedades entre jugadores para hacer el cobro de premios generados por apuestas, eventos y/o actividades programadas en el casino.
- MAS CASINO, recomienda a sus clientes y visitantes no realizar ningún tipo de asociación o acuerdo estratégico entre jugadores. Así mismo recomienda que el propietario del dinero y/o de la tarjeta sea quien realice la jugada y que no permita intermediarios en el desarrollo de estas. En caso tal de desacatar estas recomendaciones, MAS CASINO no asumirá ningún tipo de responsabilidad y pagará el premio o cualquier suma de dinero a que hubiere lugar, únicamente al titular de la tarjeta que avale su identidad. En el evento de que se efectué un premio en una maquina manual, este será pagado a la persona que efectuó la jugada ganadora, lo cual será determinado libre e inapelablemente por MAS CASINO.
- Tener sobre las máquinas, ruleta, mesas o demás elementos del inmobiliario del casino artículos u objetos ajenos a estos.
- Ejecutar cualquier acto que afecte contra la transparencia y el azar del juego
- MAS CASINO, se reserva el derecho a modificar en cualquier momento y sin previo aviso, este reglamento.
POLITICA DE RESERVA DE ADMISIÓN
EDS INVERSIONES S.A.S; en sus establecimientos de comercio MÁS CASINO PANAMERICANO, TEXAS, PLAZA, BINGO Y BINGO BALOTAS, nos reservamos el derecho de admisión conforme a lo establecido en la ley 1480 de 2011, (Estatuto del Consumidor), Articulo 333 de la constitución política de Colombia; ley 1801 de julio 2016 artículos 27,31,87,912016 (Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana) y ley 643 de 2001 (Régimen propio del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar) Articulo 4 numeral b y las demás normas que lo modifiquen o complemente; en los cuales se especificará de forma clara los requisitos necesarios para entrar en el local, ellos son:
Artículo 1: Personas menores de edad y/o que no porten documentos que avalen su identidad.
Artículo 2. Personas que porten armas de fuego, corto punzantes u otros objetos que puedan ser considerados como tal.
Artículo 3. Personas que incumplan las normativas vigentes de consumo de tabaco y/o vaper.
Artículo 4. Personas que muestren síntomas de embriaguez o de haber consumido sustancias psicoactivas.
Artículo 5. Personas que no cumplan condiciones mínimas de higiene.
Artículo 6. Personas acompañadas de mascotas.
Artículo 7. Personas con intención de realizar ventas u ofrecimiento de productos licores y alucinógenos, entre otros.
Artículo 8. Personas que porten cascos u otros objetos que puedan confundir su identidad física.
Artículo 9. Personas con restricción de ingreso por hechos ocurridos con anterioridad dentro de las salas, que hayan solicitado su autoexclusión y/o en lo establecido en el IN OPE-004 Instructivo de identificación clientes con restricción de ingreso a locales de MÁS CASINO.
Artículo 10. Personas que quieran ingresar cuando se haya superado el máximo aforo del establecimiento.
Esta política es revisada y actualizada cada que se presenten cambios administrativos, obligaciones del municipio, normatividad aplicable y vendrá obligatoriamente acompañada de la exposición bien visible de carteles o publicidad en los accesos a los mismos, en los cuales se especificará de forma clara los requisitos necesarios para que los clientes, usuarios y el público en general, acaten la misma.